Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 21 noviembre, 2025
Contabilidad - 20 noviembre, 2025
FORMATOS - 20 noviembre, 2025
Contabilidad - 20 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 19 noviembre, 2025
Contabilidad - 18 noviembre, 2025
Contabilidad - 18 noviembre, 2025
FORMATOS - 18 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 14 noviembre, 2025
Contabilidad - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 12 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 11 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 11 noviembre, 2025
Contabilidad - 11 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 10 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 10 noviembre, 2025
Guía Actualícese - 21 noviembre, 2025
Capacitación - 21 noviembre, 2025
Curso - 14 noviembre, 2025
Capacitación - 14 noviembre, 2025
Capacitación - 7 noviembre, 2025
Capacitación - 31 octubre, 2025
¿En qué consiste el cambio que se introdujo con la reforma tributaria aprobada en el Congreso en noviembre de 2022 a las declaraciones mensuales de retenciones en la fuente que se presenten sin pago, pero con valores totales a cargo iguales o inferiores a 10 UVT?
¿Cuáles son las tarifas que deberán utilizarse en el año gravable 2023 y siguientes al determinar la tributación sobre dividendos con las novedades que incorporó la reforma tributaria 2022?
¿Cómo cambiará a partir de enero de 2023 la tributación sobre el IVA y el INC de los restaurantes de personas naturales y jurídicas que operan en el régimen simple de tributación?

La reforma tributaria creó de manera permanente un nuevo impuesto al patrimonio para las personas naturales, nacionales o extranjeras, sucesiones ilíquidas y sociedades extranjeras con un patrimonio superior a 72.000 UVT.
A continuación, presentamos las generalidades más importantes de este impuesto.

A partir del año 2023 entrará en vigor de manera permanente el nuevo impuesto al patrimonio creado por la reforma tributaria del Gobierno del presidente Petro.
La base gravable de este impuesto tiene algunas particularidades importantes que deben analizarse con especial cuidado.
Conoce aquí todos los detalles.

El artículo 77 de la reforma tributaria 2022 modificó el artículo 519 del ET para establecer que los notarios tendrán que practicar de nuevo una retención a título de timbre sobre la venta de algunos bienes raíces.
Aquí te contamos cuáles son las condiciones; una de ellas es superar el valor de 20.000 UVT.

La reforma tributaria del gobierno de Petro incorporó al ET el nuevo artículo 401-1, con el cual reguló la retención en la fuente en pagos de tarjetas débito o crédito para personas naturales no responsables del IVA.
Aquí precisamos los detalles que deberás tener en cuenta sobre esta nueva norma.

La reforma tributaria redujo las sanciones por información exógena beneficiando de esa forma a quienes no presenten esta información, lo hagan extemporáneamente o con errores.
Se conceden nuevos plazos para subsanar la información no presentada con reducción en la sanción.
Más detalles aquí.

Según el artículo 91 de la nueva reforma tributaria, aún pendiente de ser sancionada, las obligaciones tributarias por impuestos nacionales o aduanas que estén pendientes de pago podrán obtener una reducción en la tasa de interés de mora si el pago total se realiza a más tardar en junio 30 de 2023.
Entre las derogatorias o modificaciones que presenta la reforma tributaria se destacan una serie de beneficios que estarán limitados. En este punto se hace referencia al incentivo a la capitalización rural que no constituye renta ni ganancia ocasional, la deducción por donaciones efectuadas a la Corporación General Gustavo Matamoros D’Costa, deducción por donaciones e inversiones […]
Segunda parte Tercera parte Cuarta parte ¿Debió haber bajado la tasa de tributación de las personas jurídicas en la reforma tributaria? Sí, y bastante, desde el punto de vista de Andrés Cortés. Según el modelo de la OCDE, los mayores ingresos deberían llegar por parte de las personas naturales y tan solo el 10 % […]

La nueva reforma tributaria modificó los artículos 424, 462-1 y 476 del ET, provocando que algunos bienes y servicios dejen de ser excluidos del IVA y queden gravados con la tarifa general.
Además, se aprobó que los bienes fabricados en las cárceles siempre se puedan vender como excluidos del IVA.