Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 9 abril, 2026
ACTUALIDAD - 9 abril, 2026
ACTUALIDAD - 9 abril, 2026
Certificaciones - 9 abril, 2026
Certificaciones - 9 abril, 2026
Certificaciones - 9 abril, 2026
Certificaciones - 9 abril, 2026
Certificaciones - 9 abril, 2026
ACTUALIDAD - 8 abril, 2026
ACTUALIDAD - 8 abril, 2026
ACTUALIDAD - 8 abril, 2026
ACTUALIDAD - 7 abril, 2026
ACTUALIDAD - 7 abril, 2026
ACTUALIDAD - 7 abril, 2026
ACTUALIDAD - 7 abril, 2026
FORMATOS - 6 abril, 2026
FORMATOS - 6 abril, 2026
FORMATOS - 30 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 9 abril, 2026
Consultorios exclusivos - 9 abril, 2026
Consultorios exclusivos - 7 abril, 2026
Guía Actualícese - 1 abril, 2026
Guía Actualícese - 1 abril, 2026
Consultorios exclusivos - 27 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 27 marzo, 2026
Guía Multiformato - 24 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 24 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 19 marzo, 2026
Mediante la iniciativa “Papayazo tributario” los morosos de impuestos tributarios y no tributarios administrados por la Subdirección de Impuestos y Rentas de Cali podrán acceder a descuentos en intereses de mora de deudas de años anteriores, con lo cual se pretende recuperar la cartera del municipio.
El Concejo de Cali aprobó el Acuerdo 0458 del 24 de enero de 2019, mediante el cual se establecen medidas temporales para la disminución de la tasa de los impuestos moratorios, iniciativa comúnmente conocida como “Papayazo tributario”, con la cual los morosos de impuestos tributarios y no tributarios tendrán la oportunidad de acceder a descuentos en los intereses de mora en las deudas de vigencias anteriores al 2018. Esta propuesta tiene por objetivo recuperar la cartera del municipio, en donde cerca de 280.000 contribuyentes adeudan alrededor de 3 billones de pesos.
El “papayazo” aplicará tanto para impuestos tributarios como no tributarios, entre los que se encuentran los siguientes:
Los contribuyentes tendrán hasta el 31 de octubre de 2019 para realizar el pago de los intereses moratorios que se hayan generado por el no pago de sus impuestos adeudados al municipio, así como por el incumpliendo en el pago de las multas, sanciones e impuestos no tributarios. Para lo anterior tendrán los siguientes descuentos, si el pago es realizado dentro de las fechas determinadas, así:
Impuestos tributarios:
Impuestos no tributarios:
Para tener en cuenta
Para el caso de los contribuyentes que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, podrán conciliar el valor de las sanciones e intereses discutidos contra las liquidaciones oficiales, de la siguiente forma: