Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 21 noviembre, 2025
Contabilidad - 20 noviembre, 2025
FORMATOS - 20 noviembre, 2025
Contabilidad - 20 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 19 noviembre, 2025
Contabilidad - 18 noviembre, 2025
Contabilidad - 18 noviembre, 2025
FORMATOS - 18 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 14 noviembre, 2025
Contabilidad - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 13 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 13 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 12 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 11 noviembre, 2025
Estándares Internacionales - 11 noviembre, 2025
Contabilidad - 11 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 10 noviembre, 2025
ACTUALIDAD - 10 noviembre, 2025
Guía Actualícese - 21 noviembre, 2025
Capacitación - 21 noviembre, 2025
Curso - 14 noviembre, 2025
Capacitación - 14 noviembre, 2025
Capacitación - 7 noviembre, 2025
Capacitación - 31 octubre, 2025
Artículo 705-1. Término para notificar el requerimiento en ventas y retención en la fuente. <Artículo modificado por el artículo 276 de la Ley 1819 de 2016 > Los términos para notificar el requerimiento especial y para que queden en firme las declaraciones del impuesto sobre las ventas y de retención en la fuente, del contribuyente, a que se refieren los artículos 705 y 714 del Estatuto Tributario, serán los mismos que correspondan a su declaración de renta respecto de aquellos períodos que coincidan con el correspondiente año gravable.