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Casos en que no es obligatorio liquidar el anticipo del impuesto de renta para el año 2025


Casos en que no es obligatorio liquidar el anticipo del impuesto de renta para el año 2025
Actualizado: 5 febrero, 2025 (hace 1 año)

Dependiendo de si al cierre del año 2024 la persona jurídica era contribuyente o no del impuesto de renta, o de si pertenecía al régimen ordinario o especial, las normas indican que existen cuatro casos en los que no es obligatorio liquidar el anticipo al impuesto de renta del año gravable 2025.

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