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Artículo 756. Las presunciones sirven para determinar las obligaciones tributarias. < Artículo modificado por el artículo 58 de la Ley 6 de 1992 > Los funcionarios competentes para la determinación de los impuestos, podrán adicionar ingresos para efectos de los impuestos sobre la renta y complementarios y sobre las ventas, dentro del proceso de determinación oficial previsto en el Título IV del Libro V del Estatuto Tributario, aplicando las presunciones de los artículos siguientes.