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Artículo 618-1



Artículo 618-1. Creación del premio fiscal. <Artículo adicionado por el artículo 36 de la Ley 49 de 1990>. Establécese el Premio Fiscal mediante el cual la Administración Tributaria podrá realizar rifas, sorteos o concursos. Para tal efecto, se concursará con las facturas de compra o documento equivalente, con el lleno de los requisitos legales, que deberán ser enviadas por los consumidores, para participar en tales eventos.

El valor global de los premios se establecerá en el presupuesto nacional.

El Ministerio de Comunicaciones y el Instituto Nacional de Radio y Televisión, cederán gratuitamente los espacios de televisión necesarios para la debida promoción del Premio Fiscal, así como para la realización de los sorteos que implique el mismo, en las cadenas de cubrimiento nacional y en horarios de mayor sintonía. Los premios obtenidos en las rifas, sorteos o concursos realizados en virtud del Premio Fiscal, no constituyen renta ni ganancia ocasional.

 

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Nota de vigencia

  • Parágrafo transitorio adicionado por el artículo 15 de la Ley 716 de 2001, declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-886 de octubre 22 de 2002.
  • Mediante el Decreto 3550 de 2004, publicado en Diario Oficial No. 45.715 de 28 de octubre de 2004, se suprimió el Instituto Nacional de Radio y Televisión –INRAVISIÓN– y ordenó su disolución y liquidación.

Artículo adicionado por el artículo 36 de la Ley 49 de 1990, publicada en el Diario Oficial No. 36.615, de 30 de diciembre de 1990.

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